El Boletín Oficial de Cantabria (BOC) publicará este viernes, 1 de agosto, la orden de la Consejería de Industria, Empleo, Innovación y Comercio por la que se establece el calendario de fiestas laborales para el año 2026 en la Comunidad Autónoma, de tal manera que el año que viene habrá 12 días inhábiles a efectos laborales, retribuidos y no recuperables, con cinco puentes.
En concreto, serán festivos el 1 de enero, Año Nuevo (jueves); 6 de enero, Epifania del Señor (martes); 2 de abril, Jueves Santo (jueves); 3 de abril, Viernes Santo (viernes); 1 de mayo, Fiesta del Trabajo (viernes); 28 de julio, Día de las Instituciones de Cantabria (martes); 15 de agosto, Asunción de la Virgen (sábado); 15 de septiembre, La Bien Aparecida (martes); 12 de octubre, Fiesta Nacional de España (lunes); 7 de diciembre, Día de la Constitución (lunes); 8 de diciembre, Inmaculada Concepción (martes), y 25 de diciembre, Natividad del Señor (viernes).
De esta forma, en 2026 habrá un total de cinco puentes en Cantabria:
• Viernes Santo (3 de abril)
• Fiesta del Trabajo (1 de mayo)
• Fiesta Nacional (12 de octubre, lunes)
• Día de la Constitución (trasladado al lunes 7 de diciembre)
• Navidad (25 de diciembre, viernes)
Este calendario será de aplicación en toda la Comunidad Autónoma, aunque deberá completarse con los dos festivos locales que determine cada ayuntamiento.
En concreto, serán festivos el 1 de enero, Año Nuevo (jueves); 6 de enero, Epifania del Señor (martes); 2 de abril, Jueves Santo (jueves); 3 de abril, Viernes Santo (viernes); 1 de mayo, Fiesta del Trabajo (viernes); 28 de julio, Día de las Instituciones de Cantabria (martes); 15 de agosto, Asunción de la Virgen (sábado); 15 de septiembre, La Bien Aparecida (martes); 12 de octubre, Fiesta Nacional de España (lunes); 7 de diciembre, Día de la Constitución (lunes); 8 de diciembre, Inmaculada Concepción (martes), y 25 de diciembre, Natividad del Señor (viernes).
De esta forma, en 2026 habrá un total de cinco puentes en Cantabria:
• Viernes Santo (3 de abril)
• Fiesta del Trabajo (1 de mayo)
• Fiesta Nacional (12 de octubre, lunes)
• Día de la Constitución (trasladado al lunes 7 de diciembre)
• Navidad (25 de diciembre, viernes)
Este calendario será de aplicación en toda la Comunidad Autónoma, aunque deberá completarse con los dos festivos locales que determine cada ayuntamiento.
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