Aunque falta dos meses para terminar 2023, la Seguridad Social informa sobre cuáles son los trámites que deberán hacer algunos pensionistas en 2024. No afectarán a todos, solo aquellos que perciban una pensión de jubilación o invalidez en su modalidad no contributiva. Estos pensionistas deberán presentar durante el primer trimestre de 2024 una declaración anual de rentas. En el caso de no presentarlo, la Seguridad Social puede proceder a suspender la pensión.
Según detallan de la web del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO), las personas “beneficiarias de pensión en su modalidad no contributiva están obligados a presentar en el primer trimestre del año una declaración de los ingresos o rentas computables de la respectiva unidad económica de convivencia, referidos al año inmediatamente anterior, así como las posibles variaciones y previsiones relativas al año en curso”. Es decir, que la declaración deberá presentarse entre el 1 de enero de 2024 y el 31 de marzo de 2024.
Según detallan de la web del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO), las personas “beneficiarias de pensión en su modalidad no contributiva están obligados a presentar en el primer trimestre del año una declaración de los ingresos o rentas computables de la respectiva unidad económica de convivencia, referidos al año inmediatamente anterior, así como las posibles variaciones y previsiones relativas al año en curso”. Es decir, que la declaración deberá presentarse entre el 1 de enero de 2024 y el 31 de marzo de 2024.
Pulsa sobre la imagen para más información.
No hay comentarios:
Publicar un comentario