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05 abril 2021

LA FEDERACIÓN DE MONTAÑA PROPONE CAMBIAR DE INMEDIATO EL ARTÍCULO 6 SOBRE USO DE MASCARILLAS EN LA MONTAÑA

El día 30 de marzo se publicó la Ley 2/2021, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
En su artículo 6 establece el uso obligatorio de mascarillas en los espacios al aire libre en todo el territorio nacional, quedando únicamente exceptuado el ejercicio de deporte individual al aire libre.
Carece de sentido la aplicación de este uso de la mascarilla al aire libre, en plena naturaleza, y en una actividad deportiva en la que no existe contacto y es habitual que haya distancia entre los componentes del grupo.
Probablemente, uno de los aspectos clave que no han sido considerados y que nos preocupa en especial, es que incrementaría las posibilidades de accidente, al aminorar la percepción por los sentidos y la comunicación entre los componentes del grupo en una actividad con riesgo.
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