LOS PARLAMENTARIOS BLINDAN SUS PENSIONES Y RECORTAN LAS DEMÁS
La reforma del Gobierno elevará seguramente de 15 a 20 años los años necesarios para percibir el 50% de la jubilación. Esto supondrá un recorte de las pensiones del 5%, según USO, y un ahorro de 10.000 millones para la Seguridad Social, según el Ministerio de Economía. El portavoz del PP en la comisión del Pacto de Toledo, Tomás Burgos, reconoció ayer que la rebaja media en estas prestaciones sería de entre el 5% y el 10% hasta 2040.
Todos estos recortes no afectarán a los 350 diputados y a los 264 senadores españoles, que mantendrán el privilegio de cobrar el 100% de la pensión en el momento que superan los 11 años de actividad parlamentaria. Es más, si cualquier trabajador necesita cotizar a la Seguridad Social 15 años para cobrar una pensión, mejor dicho, solo el 50% de la misma, sus señorías con siete años de actividad en cualquiera de las Cámaras ya tiene derecho a percibir el 80% de su pensión. Ese porcentaje se eleva al 90% si cotizan 10 o 11 años.
Además, mientras un trabajador no puede jubilarse antes de los 61 años y, a partir de esa fecha y hasta los 65 se le restará anualmente entre un 6% y el 8% del importe de la pensión, sus señorías pueden jubilarse a los 60 años con 40 de cotización, según recoge el reglamento de pensiones parlamentarias de 11 de julio de 2006. [+ ver artículo completo]
La reforma del Gobierno elevará seguramente de 15 a 20 años los años necesarios para percibir el 50% de la jubilación. Esto supondrá un recorte de las pensiones del 5%, según USO, y un ahorro de 10.000 millones para la Seguridad Social, según el Ministerio de Economía. El portavoz del PP en la comisión del Pacto de Toledo, Tomás Burgos, reconoció ayer que la rebaja media en estas prestaciones sería de entre el 5% y el 10% hasta 2040.
Todos estos recortes no afectarán a los 350 diputados y a los 264 senadores españoles, que mantendrán el privilegio de cobrar el 100% de la pensión en el momento que superan los 11 años de actividad parlamentaria. Es más, si cualquier trabajador necesita cotizar a la Seguridad Social 15 años para cobrar una pensión, mejor dicho, solo el 50% de la misma, sus señorías con siete años de actividad en cualquiera de las Cámaras ya tiene derecho a percibir el 80% de su pensión. Ese porcentaje se eleva al 90% si cotizan 10 o 11 años.
Además, mientras un trabajador no puede jubilarse antes de los 61 años y, a partir de esa fecha y hasta los 65 se le restará anualmente entre un 6% y el 8% del importe de la pensión, sus señorías pueden jubilarse a los 60 años con 40 de cotización, según recoge el reglamento de pensiones parlamentarias de 11 de julio de 2006. [+ ver artículo completo]
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